Cumplido Guías fiscales Únete a la lista
← Blog

Cómo verificar si tu proveedor es EFOS (lista 69-B) y qué hacer si lo es

Recibiste una factura, la pagaste y la dedujiste. Meses después te enteras de que ese proveedor aparece en la lista del artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación. De pronto ese CFDI que parecía en orden se convierte en un problema tuyo, no del que lo emitió. Por eso conviene revisar a tus proveedores antes de que el SAT lo haga por ti.

Esta guía explica qué es un EFOS, cómo leer la lista 69-B, qué pasa si dedujiste un comprobante de uno de ellos y cómo consultar la lista por RFC.

Qué es un EFOS

EFOS son las siglas de Empresa que Factura Operaciones Simuladas. Es un contribuyente al que el SAT detecta emitiendo comprobantes fiscales que amparan operaciones inexistentes: factura bienes o servicios sin tener el personal, los activos, la infraestructura o la capacidad material para haberlos entregado de verdad.

Del otro lado está el EDOS, la Empresa que Deduce Operaciones Simuladas. Es quien recibió esos comprobantes y los usó para deducir o acreditar impuestos. Si tú compraste algo y dedujiste la factura, en esta historia el EDOS eres tú.

Las categorías de la lista 69-B

La lista no es una sola. El estatus de cada RFC cambia conforme avanza el procedimiento, y esa diferencia importa mucho:

  • Presunto. El SAT presume que las operaciones son inexistentes y se lo notifica al contribuyente. Todavía no es definitivo: es una acusación con derecho a defensa.
  • Desvirtuado. El contribuyente aportó pruebas suficientes y el SAT dio marcha atrás. Salió de la presunción.
  • Definitivo. El contribuyente no desvirtuó la presunción y el SAT confirma que las operaciones son inexistentes. Este es el estatus con consecuencias fiscales reales.
  • Sentencia favorable. El contribuyente impugnó ante los tribunales y obtuvo una resolución a su favor.

Cómo se pasa de presunto a definitivo

El artículo 69-B marca un procedimiento con plazos. Una vez notificado, el presunto EFOS tiene un plazo para aportar la documentación e información que desvirtúe la presunción, con posibilidad de una prórroga breve. El SAT valora las pruebas y, si el contribuyente no logra desvirtuarlas, publica la resolución definitiva en el Diario Oficial de la Federación y en su portal.

La consecuencia de esa publicación definitiva es la que te afecta: los comprobantes emitidos por ese contribuyente no producen ni produjeron efecto fiscal alguno. En la práctica, se tratan como si nunca hubieran servido para deducir o acreditar.

Qué pasa si dedujiste un CFDI de un EFOS definitivo

Aquí es donde el problema deja de ser del proveedor. Cuando un EFOS pasa a definitivo, quien recibió y usó esos comprobantes tiene un plazo para reaccionar, contado a partir de la publicación del listado. Dentro de ese plazo tienes dos caminos:

  • Acreditar la materialidad. Demostrar ante el SAT que la operación sí existió: que efectivamente adquiriste el bien o recibiste el servicio. Contratos, entregables, evidencia de pago, correos, bitácoras, todo lo que pruebe que hubo una operación real detrás de la factura.
  • Corregir tu situación fiscal. Si no puedes probar la materialidad, presentar declaraciones complementarias y ajustar lo que dedujiste o acreditaste con base en esos comprobantes.

Si no haces ninguna de las dos, el SAT puede determinar el crédito fiscal correspondiente, con las consecuencias que eso implica. Guardar la evidencia de tus operaciones desde el inicio, y no solo la factura, es lo que te deja parado para responder.

Cómo consultar la lista 69-B por RFC

El SAT publica los listados en su portal de trámites y servicios. Ahí puedes consultar por RFC o descargar la relación completa. Hay dos consultas separadas: la de operaciones presuntamente inexistentes y la de operaciones inexistentes (definitivas). Al revisar, fíjate no solo en si el RFC aparece, sino en qué estatus: no es lo mismo un presunto que un definitivo, ni un desvirtuado que una sentencia favorable.

El problema es que esa lista se actualiza de forma periódica y crece. Revisar a mano, RFC por RFC, cada vez que se publica una actualización, no es realista si tienes decenas o cientos de proveedores. Y el riesgo no es solo con quien facturas hoy, sino con quien facturaste hace meses.

Trata cada revisión como un acuse fiscal

Cumplido cruza automáticamente los RFC de tus proveedores contra la lista 69-B y te avisa cuando alguno aparece o cambia de estatus, para que no te enteres tarde. No te exime de nada ni sustituye a tu contador: detecta y avisa, la decisión y la corrección siguen siendo tuyas. Estamos en prelanzamiento; si quieres tener esa revisión trabajando de fondo, déjanos tu correo en la lista de espera en cumplido.io.

Fuentes:

SAT, Consulta la relación de contribuyentes que realizan operaciones inexistentes (art. 69-B CFF): sat.gob.mx. Artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación (texto vigente), Cámara de Diputados: diputados.gob.mx. Stratego, Artículo 69-B CFF: procedimiento fiscal ante operaciones simuladas (EFOS y EDOS): stratego-st.com.

Lista de espera

Revisa a tus proveedores sin abrir el portal del SAT.

Cumplido cruza tus RFC contra la lista 69-B y te avisa. Déjanos tu correo y te avisamos cuando abramos.

Únete a la lista de espera