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Deducciones personales del SAT: cuáles aplican y hasta cuánto

Cada año, al presentar tu declaración anual como persona física, puedes restar ciertos gastos de tus ingresos para calcular el impuesto. A esos gastos se les llama deducciones personales, y están reguladas en el artículo 151 de la Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR). Conocerlas te ayuda a no dejar dinero sobre la mesa, pero también a no cometer errores que después el SAT te rechace.

Aquí te explicamos qué son las deducciones personales para persona física, cuáles entran en el catálogo, qué requisitos deben cumplir y hasta cuánto puedes deducir en total.

Qué son las deducciones personales

Son gastos que la ley te permite disminuir de tus ingresos acumulables en la declaración anual. No son gastos del negocio ni deducciones por actividad empresarial: son erogaciones tuyas y de tu familia (cónyuge, hijos, padres) que el SAT reconoce por su fin social, como la salud o la educación. Al restarlas, tu base para calcular el ISR baja y, en muchos casos, resulta un saldo a favor.

El catálogo del artículo 151

Estas son las deducciones personales que puede aplicar una persona física:

  • Honorarios médicos, dentales y por servicios profesionales de psicología y nutrición. Prestados por quien tenga título profesional legalmente expedido.
  • Gastos hospitalarios. Para ti, tu cónyuge, ascendientes o descendientes en línea recta.
  • Gastos funerarios. Con un límite equivalente a una UMA anual.
  • Donativos. A donatarias autorizadas por el SAT.
  • Intereses reales de créditos hipotecarios. Por tu casa habitación, dentro de los montos que marca la ley.
  • Aportaciones complementarias de retiro. A tu cuenta de retiro o a planes personales de retiro (subcuentas voluntarias del SAR).
  • Primas de seguros de gastos médicos. Complementarios o independientes de los servicios públicos de salud.
  • Transporte escolar obligatorio. Solo cuando sea obligatorio según la escuela y venga separado en el comprobante.
  • Colegiaturas. No están en el artículo 151, sino en un decreto presidencial aparte, con reglas propias.

Requisitos generales que no puedes saltarte

Que un gasto esté en el catálogo no basta. Para que el SAT lo acepte debe cumplir dos condiciones básicas:

  • Pago con medios electrónicos. Transferencia electrónica, tarjeta de crédito o débito, o cheque nominativo. Los gastos pagados en efectivo no son deducibles (con la única excepción de los donativos, que sí admiten efectivo).
  • CFDI. Debes contar con la factura electrónica del gasto, a tu nombre y con tu RFC.

Si pagaste en efectivo un honorario médico, por más real que sea el gasto, no lo podrás deducir. Por eso conviene pagar siempre con tarjeta o transferencia y pedir la factura en el momento.

El tope general: el menor de dos cantidades

El artículo 151 establece un límite conjunto para la mayoría de las deducciones personales. El total no puede exceder la cantidad menor entre:

  • Cinco veces la UMA anual, o
  • El 15% del total de tus ingresos, incluidos los exentos.

La UMA anual vigente en 2026 es de $42,794.64 pesos, según la publicación del INEGI en el Diario Oficial de la Federación. Con ese valor, cinco UMA anuales equivalen a $213,973.20 pesos. Es decir: si el 15% de tus ingresos resulta menor a esa cifra, ese porcentaje será tu tope; si resulta mayor, tu tope se queda en los $213,973.20.

Lo que queda fuera del tope general

No todo entra en ese límite conjunto. Algunas deducciones tienen su propia regla y se calculan aparte:

  • Donativos. Tienen un límite propio del 7% de los ingresos acumulables del año anterior.
  • Aportaciones complementarias de retiro y depósitos en cuentas especiales para el ahorro. Se deducen con su propio tope, fuera del límite general de las cinco UMA.
  • Colegiaturas por decreto. Tienen un límite anual por alumno según el nivel escolar, y no consumen el tope general del artículo 151.

Para 2026, los límites anuales de colegiaturas por alumno son: preescolar $14,200; primaria $12,900; secundaria $19,900; profesional técnico $17,100; y bachillerato o equivalente $24,500. Aplican desde preescolar hasta bachillerato; no incluyen licenciatura ni posgrado.

En resumen

Reúne las facturas de tus gastos médicos, hospitalarios, funerarios, intereses hipotecarios, seguros y aportaciones de retiro. Págalos siempre con medios electrónicos y guarda el CFDI. Recuerda que la mayoría comparte un mismo tope, y que donativos, retiro, ahorro y colegiaturas se calculan aparte. Con eso llegas a tu declaración anual con todo en orden.

Este contenido es informativo y no sustituye la asesoría de un contador o especialista fiscal. Los montos y reglas pueden cambiar; verifica siempre con el SAT antes de presentar tu declaración.

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Fuentes:

DOF — Valor de la UMA para 2026 (INEGI). SAT — Deducciones personales. SAT — Estímulo por colegiaturas.

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